In Parkinson, Tratamiento con acupuntura permanente

La Dirección General de Tráfico (DGT) en España no prohíbe conducir con Parkinson. De hecho, ni siquiera habla de esta enfermedad directamente. Pero aconseja que quienes padecen dolencias que afecten al sistema nervioso y muscular abandonen esa actividad. Hoy desde Centro de Medicina Neuro-Regenerativa les hablamos acerca de conducir con Parkinson. 

Conducir con Parkinson: ¿es legal?

Para empezar, debemos aclarar que se puede conducir con Parkinson. No existe ninguna ley que lo prohíba específicamente. Como decíamos, la DGT se limita a hacer una serie de recomendaciones a quienes sufren la enfermedad. Si esta se encuentra en un estadio avanzado, aconseja al paciente que deje de conducir.

En concreto, la DGT habla de conducir con dolencias que guarden relación con el sistema nervioso (como el Parkinson). Señala que, si existe disminución grave de las funciones sensoriales, motoras o de coordinación, así como espasmos o temblores que afecten involuntariamente al control de automóvil, no debemos conducir. No obstante, deja a criterio del médico valorar todo esto. 

Por tanto, este podría emitir un diagnóstico que lleve a la no renovación del carnet de conducción del paciente. Pero esto depende siempre del grado en que se encuentre la enfermedad. 

¿Es recomendable conducir con Parkinson?

Una vez más, tenemos que decir que la respuesta depende de lo avanzada que esté la enfermedad. Si se halla en un estadio inicial que permite al enfermo tener un adecuado control de los síntomas, este puede conducir perfectamente. No obstante, debe hablarlo sinceramente con su médico para decidir qué hacer entre ambos. 

Igualmente, la DGT aconseja a los pacientes de Parkinson que todavía pueden conducir una serie de pautas. Entre ellas, que planifiquen sus viajes en coche y que eviten hacerlos de noche. Pero también les explica que deben mantener sus horarios tanto de sueño como de comidas y toma de la medicación.  

Precisamente, los medicamentos pueden tener efectos secundarios que dificulten la conducción. Esto es algo que el enfermo debe consultar con el facultativo que atiende su Parkinson. Algunos de ellos pueden provocar somnolencia o alteraciones en la visión. En todo caso, estos efectos adversos suelen venir explicados en el prospecto informativo que acompaña al medicamento. 

conducir con parkinson es legal

Limitaciones para conducir de los enfermos de Parkinson

Al margen de lo que hemos señalado, la DGT no establece limitaciones para conducir a los enfermos de Parkinson. No obstante, una vez más, da varias sugerencias. 

Entre ellas, indica al paciente que, en caso de llevar un coche, solo haga recorridos cortos y por carreteras conocidas. Asimismo, debe evitar las horas punta, la mala climatología y las maniobras forzadas. Finalmente, le aconseja que vaya a velocidades moderadas y que evite distracciones y horas de mucho tráfico. 

En cualquier caso, indica que, si nota síntomas como la somnolencia o la dificultad de movimientos, pare en el arcén señalando la maniobra adecuadamente. Como decíamos, estos síntomas pueden deberse a los efectos secundarios de los medicamentos.

Gracias a nuestra terapia, el paciente puede reducir la cantidad de medicación que toma y, además, mejora su estado general y calidad de vida.

En conclusión, conducir con Parkinson es legal, pero hacerlo depende del grado de la enfermedad. Debemos tener en cuenta siempre que durante la conducción no pongamos en peligro en ningún momento nuestra seguridad ni la de los que nos rodean. Por ello, si decidimos conducir aún sufriendo la enfermedad de Parkinson siempre debemos considerar las recomendaciones de los expertos y el estado en el que nos encontremos. 

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